CCOO: Sobre Comunicación de los Objetivos de Ventas
Correo de CCOO a d.g. SOBRE LA COMUNICACIÓN DE LOS objetivos de ventas para el semestre, que se están comunicando.
D. Rafael Miñana Gómez
Director de Recursos Humanos de la ONCE
c/ Prado, 24
28014 Madrid
Estimado Director:
En las últimas semanas se viene entregando al personal vendedor y requiriendo la firma del recibí un documento denominado “SEMESTRAL. NOTIFICACIÓN OBJETIVOS DE VENTA” sobre el que pasamos a realizar las consideraciones y preguntas siguientes:
- Dicho documento contiene un pie al final del mismo con el tenor literal siguiente: “Estos datos formarán parte de un fichero automatizado y/o manual cuya única finalidad es este contrato. El responsable del fichero es la ONCE, en cuya Dirección General con domicilio en la calle Prado nº 24 Madrid (28014) podrá ejercitar los derechos de acceso, ratificación, cancelación y oposición que en aplicación de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos legalmente le asisten”. No alcanzando a comprender las razones de tal leyenda puesto que la información contenida en dicho documento está relacionada directamente con la relación contractual y no tiene otra información que la del nombre y apellidos del vendedor o vendedora. Igualmente no alcanzamos a comprender el uso del término “cuya única finalidad es este contrato”, dado que difícilmente puede entenderse dicho documento como un “contrato”, dadas sus características.
- La firma del citado documento es del “Especialista de Venta” y la firma del “recibí” del vendedor o vendedora. No comprendiendo que si se trata de “objetivos de ventas” estimados por la Dirección de la empresa y comunicados al trabajador o trabajadora los mismos estén firmados por un trabajador (Especialista de Venta) y no por el representante legal de la ONCE (Jefe de Centro o Departamento de Juego).
- Algunas de las nomenclaturas utilizadas en el mencionado documento (“DES”, “LT1” e “INS”) son desconocidas o inusuales sin que exista una descripción explicativa de las mismas, lo que hace más incompresible, si cabe, la interpretación de dicho documento.
Es por lo expuesto que nuestro sindicato solicita información sobre los extremos siguientes:
- ¿Cual es el objeto y alcance contractual que se pretende dar a este documento?
- ¿Cuáles son las razones por las que, tratándose de una comunicación de objetivos empresariales, dicho documento no está suscrito por un representante cualificado de la empresa?.
Esperando respuesta, puntual y concreta a las preguntas planteadas y reservándonos, en caso contrario, las actuaciones que procedan reciba un saludo.
Fdo. Santiago Mallo Fuentes
Secretario General de la SSI de la ONCE de la FSAP-CCOO
