EL ELECTORADO USUARIO DE BRAILLE PODRÁ VOTAR AUTÓNOMAMENTE
EN LAS PRÓXIMAS ELECCIONES SINDICALES
Los sindicatos CCOO y UTO-UGT, como promotores de las Elecciones Sindicales del próximo mes de febrero, hemos acordado proponer a la ONCE un procedimiento para el electorado ciego o deficiente visual, usuario del sistema braille de lecto-escritura, similar al utilizado en las Elecciones al Congreso de los Diputados el pasado mes de marzo.
Se trata de un procedimiento que permite la identificación de la opción de voto por las personas ciegas o con discapacidad visual grave, con autonomía y plena garantía para el secreto del sufragio, mediante la utilización de una documentación complementaria, en sistema Braille, que acompaña a las papeletas y sobres de votación normalizados.
El electorado con discapacidad visual que desee utilizar el procedimiento de voto accesible, deberá solicitarlo en su centro de trabajo o comunicarlo a la mesa electoral correspondiente, entre los días 15 de enero y 5 de febrero de 2009 en todo el territorio nacional, excepto en el País Vasco donde dicho plazo será entre el 22 de enero y 12 de febrero (ambos inclusive) a fin de que se habiliten los medios al efecto.
En el caso de que algún elector o electora ciega o deficiente visual, no lo haya solicitado y el día de la votación quiera ejercer el voto accesible, la Mesa electoral le facilitará la documentación necesaria para realizarlo.
Sobre contenedor para las Unidades de Comité de Empresa.
En el caso de elecciones a Comités de Empresa, la documentación que incluirá el sobre contenedor, será la siguiente:
· Instrucciones en sistema Braille sobre la utilización de la documentación.
· Un sobre de votación normalizado.
· Tantos sobres tamaño cuartilla, signados en braille, con las siglas de cada uno de los sindicatos con candidatura proclamada en la Unidad electoral. Cada uno de los sobres contendrá la papeleta de voto del sindicato correspondiente.
· Un sobre tamaño cuartilla, signado en braille, con “voto en blanco”, conteniendo dicha papeleta.
Sobre contenedor para las Unidades de Delegados de Personal.
En el caso de elecciones a Delegados de Personal, la documentación que incluirá el sobre contenedor, será la siguiente:
· Instrucciones en sistema Braille sobre la utilización de la documentación.
· Un sobre de votación normalizado.
· Sobres tamaño cuartilla, signados en Braille, con las siglas de cada sindicato que figura en la candidatura proclamada. Cada uno de estos sobres contendrá la papeleta normalizada de votación, ya marcado el candidato o candidatos de dicho sindicato.
· Otro sobre tamaño cuartilla, signado en braille con la frase “voto blanco” y conteniendo el voto blanco, que será la papeleta de voto general sin marcar ningún candidato.
Forma de ejercer la opción de voto.
El elector o electora, en cualquiera de las unidades electorales (comités de empresa o delegados de personal), deberá escoger la papeleta de la opción elegida (candidatura o voto blanco), e introducirla en el sobre de votación normalizado, que no tiene ninguna inscripción en Braille, procediendo a continuación a ejercer su derecho de voto en la Mesa. Esta operación se realizará, con total garantía, en las cabinas habilitadas al efecto y con las papeletas y sobres normalizados para asegurar el secreto de voto.
Madrid, 29 de diciembre de 2008

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