Grupo 4. Red de Ventas

Agente Vendedor

Como desarrollo a lo expuesto en el articulado del Convenio, el Agente vendedor tiene las siguientes misiones:

- Atiende a los clientes con un trato de calidad y según los hábitos de compra y necesidades de los mismos, procurando rentabilizar al máximo la explotación del lugar de venta y horario que se le asigne, todo ello dentro del marco del Convenio Colectivo, la normativa interna en materia de juego y las instrucciones de sus superiores, a fin de alcanzar los objetivos de venta individuales, y del ámbito de su actuación en conjunto.

- Realiza la venta de productos de juego utilizando técnicas comerciales de fidelización y captación de nuevos compradores, compatibilizando la adecuación permanente del tope asignado a la demanda del micromercado en el que ejercen la venta, con los objetivos prefijados.

- Recoge y prepara los productos con antelación a la venta, realizará la liquidación de los mismos, así como la devolución de los no vendidos, en los lugares que la O.N.C.E les indique, haciendo los desplazamientos necesarios, tanto para dichos procesos como para el propio ejercicio de la venta, en su caso. Puede canjear al público cupones premiados por nuevos cupones para la venta, y los introduce en sobres entregándolos como parte de su liquidación. Todo ello en las condiciones fijadas por la normativa vigente, y con utilización de los medios técnicos que la O.N.C.E. ponga a su disposición en cada momento.

- Admite los sistemas de revisión y control que determine la O.N.C.E y relativos a su actividad de venta, liquidación, así como en relación a los sobres contenedores de premios canjeados y de los que contengan devolución comunicada a distancia, respondiendo diariamente, y en su caso, con sus nóminas de los débitos que pudieran detectarse.

- Se mantiene permanentemente informado sobre normativa en vigor, estrategia, objetivos, nuevos productos y técnicas, todo ello relativo al área comercial, asistiendo a las sesiones de trabajo y los cursos de formación que se diseñen al efecto.

- Actúa como canal de comunicación externa, informando a los clientes sobre distintos aspectos de los productos del juego (números premiados, dónde cobrarlos, cuantía de los mismos, etc.), y en general sobre necesidades sociales de ciegos y deficientes visuales y servicios que presta la Organización.

- Recoge y canaliza información de los clientes sobre su nivel de satisfacción acerca de los productos comercializados y de la calidad del servicio de venta (quejas, reclamaciones, sugerencias, etc.).

- Informa puntualmente al equipo de gestión de ventas de su Centro sobre todo lo concerniente a su actividad comercial y de la competencia, aportando cuantos datos se le soliciten para la realización de estudios en su zona de influencia.

- Maneja con autonomía y suficiencia, tanto la moneda de curso legal, como los sistemas electrónicos y medios técnicos de comercialización y apoyo al ejercicio de la venta existentes en cada momento.

- Contribuye con su presencia personal, actitud y profesionalidad a la buena imagen, tanto de los productos que comercializa como de la propia Institución, exhibiendo en el ejercicio de su trabajo el identificativo que la O.N.C.E. establezca. Desarrolla su actividad en las mejores condiciones de presencia e imagen personal e institucional.

- Colabora en actividades de marketing directo y en general en la estrategia publicitaria y promoción comercial de los productos de juego de la O.N.C.E. en su ámbito.

- En su caso y por designación expresa, actúa como formador de agentes vendedores aspirantes a la venta, o como evaluador de punto de venta, colaborando en la prospección de nuevos lugares para la comercialización de productos de juego.

- Realiza cuantas otras actividades le sean encomendadas de carácter afín al puesto.

Fuente: XIII Convenio Colectivo ONCE