NORMAS DEL SORTEO DEL PRODUCTO EXTRAORDINARIO DE LA MODALIDAD DE JUEGO CUPÓN DEL 15 DE OCTUBRE DE 2008.

1º.- Vigencia. Estas normas tienen vigencia desde el 22 de septiembre de 2008, fecha de inicio de la comercialización del producto. El sorteo tiene carácter extraordinario y se celebrará el 15 de octubre de 2008.


2º.- Precio. Conforme a lo dispuesto en el artículo tercero del texto refundido del Reglamento regulador de los productos del cupón de la ONCE, se establece que el precio unitario del cupón es de CUATRO EUROS (4.- €).

3º.- Estructura de Premios. La estructura de premios de este sorteo será la siguiente:

PREMIO A LAS CINCO CIFRAS Y SERIE: SIETE MILLONES DE EUROS (7.000.000.- €) al contado, más TRES MILLONES DE EUROS (3.000.000.- €) al contado, de los cuales, 1 millón procede de la bola especial asignada en el sorteo de fin de semana del 23 de diciembre de 2007 y 2 millones proceden del premio de cinco cifras más serie del sorteo extraordinario de 4 de mayo de 2008, más SETENTA Y DOS MIL EUROS AL AÑO DURANTE VEINTICINCO AÑOS (72.000.- €) a un solo cupón, cuyas cinco cifras y serie coincidan con las del número y serie premiados y estén dispuestas en el mismo orden.

2. PREMIO A LAS CINCO CIFRAS: VEINTICINCO MIL EUROS (25.000.- €) por cupón, a un único cupón de cada serie, cuyas cinco cifras coincidan con las del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden, excepto el cupón agraciado con premio a las cinco cifras y serie, mencionado en el punto anterior.

3. PREMIO A LAS CUATRO ÚLTIMAS CIFRAS: TRESCIENTOS EUROS (300.- €) por cupón, a los nueve cupones de cada serie, cuyas cuatro últimas cifras (unidades de millar, centenas, decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.

4. PREMIO A LAS TRES ÚLTIMAS CIFRAS: TREINTA EUROS (30.- €) por cupón, a los 90 cupones de cada serie, cuyas tres últimas cifras (centenas, decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.

5. PREMIO A LAS DOS ÚLTIMAS CIFRAS: OCHO EUROS (8.- €) por cupón, a los 900 cupones de cada serie, cuyas dos últimas cifras (decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.

6. PREMIO A LA ÚLTIMA CIFRA (REINTEGRO): CUATRO EUROS (4.- €) por cupón a los 9.000 cupones de cada serie, cuya última cifra (unidades) coincida con la misma cifra del número premiado.

Salvo lo indicado en el apartado 1, no será acumulable ninguno de los premios enunciados en los párrafos anteriores.

En caso de que el cupón con premio a las cinco cifras y serie no se haya vendido, la parte del premio a las cinco cifras más serie al contado, es decir, DIEZ MILLONES DE EUROS (10.000.000.- €), se acumulará a aquellas categorías de premios y a aquellos sorteos posteriores del producto o productos de juego en los que tal posibilidad esté contemplada por su normativa reguladora, en la cuantía y categoría de premio que la ONCE decida, anunciándolo en su página de Internet www.once.es y en la Web oficial de juego de la ONCE con carácter previo a la celebración del sorteo en el que se acumula. En los sorteos celebrados entre el 15 de noviembre y el 15 de enero, no podrá efectuarse esta acumulación.

4º.- Normas específicas de la celebración del Sorteo.

Para el sorteo del producto extraordinario del 15 de octubre del 2008 se utilizará un sexto bombo de diferente magnitud que los otros cinco. Dicho bombo contendrá tantas bolas, del mismo tamaño, color y peso, como series hayan sido puestas en juego. De este bombo se extraerá una bola que determinará la serie premiada y, en consecuencia, el premio especial a las cinco cifras y serie. Con carácter previo a la extracción de la serie premiada se indicará expresamente el carácter especial del tipo de premio al que se refiere.

5º.- Normas específicas de Pago de Premios. El pago del premio de cinco cifras más serie de este sorteo de producto extraordinario se efectuará como sigue:

1. El importe global del premio al contado que es de DIEZ MILLONES DE EUROS (10.000.000.- €), y el primer pago de SETENTA Y DOS MIL EUROS (72.000.- €), se abonarán contra la presentación del cupón premiado en alguna de las Delegaciones Territoriales, Direcciones Administrativas, Agencias o Entidades de Crédito Colaboradoras, conforme a lo indicado en los artículos 29 a 33 del Reglamento regulador de los productos del Cupón de la ONCE, siempre y cuando se trate de cupones preimpresos o emitidos por terminal punto de venta.

2. En el caso de las participaciones en sorteos adquiridas por Internet, el usuario deberá cumplimentar el formulario de solicitud de transferencia que se le facilite al efecto, antes del periodo de caducidad del premio. Una vez validados los datos, la ONCE transferirá el importe del premio a la cuenta bancaria que el agraciado haya indicado a tal efecto.

3. El pago de las anualidades desde la segunda a la vigésimo quinta del premio, ambas inclusive, se efectuará por la Entidad de Crédito designada por el agraciado de entre las concertadas por la ONCE para el pago de estos premios, durante los 24 años siguientes a la celebración del sorteo y se efectuará coincidiendo con los días 15 o día hábil siguiente del mes de noviembre de cada año.

4. Contra la entrega del cupón premiado, el agraciado recibirá el importe del primer pago indicado en el punto 1 anterior y un documento justificativo de su derecho a cobrar las anualidades desde la segunda a la vigésimo quinta; simultáneamente y en el mismo documento, otorgará recibo del primer pago y comunicará la Entidad de Crédito designada de entre las concertadas por la ONCE para estos pagos.

5. La ONCE transferirá el importe del premio a la Entidad de Crédito designada por el agraciado, quedando desde ese momento liberada de sus obligaciones de pago.

6. Para el caso de fallecimiento del agraciado, la ONCE se obliga a permitir que éste designe causahabientes ante la Entidad Colaboradora pagadora del premio.

7. Los usuarios de Internet que resulten agraciados con un premio de cinco cifras más serie del producto extraordinario de la modalidad de juego cupón del 15 de octubre de 2008, recibirán el importe del primer pago según lo estipulado en el punto 5.2 anterior y, a través de la cuenta de correo electrónico facilitada en el momento del registro, un documento justificativo de su derecho a cobrar las anualidades desde la segunda a la vigésimo quinta. Una vez recibido este documento, el usuario deberá, simultáneamente, y a través del formulario puesto a su disposición junto con el mencionado documento justificativo, otorgar recibo del primer pago y comunicará la Entidad de Crédito designada de entre las concertadas por la ONCE para los sucesivos pagos.